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La compra verde o green procurement

Las exigencias normativas de la Unión Europea y el aumento de la demanda de productos verdes en las compras públicas y privadas están provocando que el sector medioambiental aumente.

El término “Compra Verde”, también conocido por su extendida traducción al inglés “Green Procurement” es un término inicialmente más asociado a entidades públicas (Green Public Procurement, GPP) pero que cada vez se va extendiendo más al ámbito privado. Se define la Contratación Verde Pública en la Comunicación COM (2008) 400 “Contratación Pública para un mejor medio ambiente”, como “un proceso mediante el cual los poderes públicos tratan de adquirir bienes, servicios y obras con un impacto ambiental reducido durante todo su ciclo de vida en comparación a bienes, servicios y obras con la misma función primordial que de otra manera hubieran contratado.”

En cualquier caso, viene a significar que las entidades que contratan siguiendo los criterios que engloba este concepto consiguen alcanzar sus necesidades de servicios, bienes, trabajos y obras, con una visión de maximizar los beneficios netos para ellas mismas y el resto del mundo, y no mediante un simple análisis de costes-beneficios privados.

Ello supone incorporar a los tradicionales criterios de coste y calidad consideraciones de costes externos de tipo ambiental, económico y social, también conocido como la “triple línea de base”.

La realidad es que muchos países, especialmente EEUU y Europa, están potenciando la compra verde para trasladar a la cadena de suministro de productos y servicios los requerimientos medioambientales establecidos por las administraciones públicas.

Centrándonos en el producto cerámico, el sistema que mayor proyección internacional está alcanzando es LEED® (Líder en Eficiencia Energética y Diseño Sostenible), el cual está centrado en la construcción sostenible y afecta de forma directa a las baldosas cerámicas como elemento constructivo que es.

Un aspecto normativo que sin dudas afectará en el corto-medio plazo serán los requerimientos que exige la Directiva 2010/31/CE del Parlamento, que en 2020 obligará a la aplicación de ciertos requisitos mínimos de eficiencia energética, calidad ambiental interior y rentabilidad en términos de coste-eficacia a todos los edificios de nueva planta, rehabilitaciones o reformas existentes.

Por ello y otras muchas razones, las empresas del sector cerámico deben de estar concienciadas de que lo que ahora es voluntario y significa tener una mejor imagen pronto puede comenzar a significar un valor diferencial a la hora de vender el producto e incluso una exigencia que no debe pillarnos con el paso cambiado.

Esta exigencia no será tan solo para los productos cerámicos sino para todos los productos que se utilicen en un elemento constructivo. Es aquí donde debemos realizar un esfuerzo prematuro para convertir todos estos requisitos en una oportunidad para la cerámica.

Centrándonos en el sistema LEED®, se debe centrar la atención en dos términos Life Cycle Assessment (LCA) y Life Cycle Cost (LCC). El primero de ellos pretende minimizar los impactos negativos al medio ambiente del edificio durante toda su vida y el segundo de ellos tiene en cuenta aspectos económicos pero no en el espacio temporal de la simple construcción del edificio sino también durante toda su vida, donde pasa a primar aspectos de costes por eficiencia y mantenimiento frente a al precio inicial del producto.

Es aquí donde la cerámica, a través de una serie de indicadores que LEED define para obtener lo que llaman créditos, tiene una oportunidad desarrollando un producto cerámico en línea a contribuir en mayor grado a dichos indicadores. Algunos de ellos son intrínsecos a la propia cerámica, como es el MR 2.1 y MR 2.2. Este crédito se obtiene si cuando el edificio finaliza su vida útil se recicla más de un 50 % (1 punto) o 75 % (2 puntos).

Sin embargo, hay otros créditos a los que la contribución depende de la composición, del proceso o del acabado del producto cerámico. Algún ejemplo de los muchos que se puede trabajar son el MR 5.1. y MR 5.2., los cuales valoran que al menos el 10 % o el 20 % respectivamente de las materias primas sean regionales, o el crédito SS 7.1, que exige un Índice de Reflectancia Solar (SRI) sea mayor de 29.

Volviendo a la compra verde desde el punto de vista de la Administración e incluso empresas privadas, los requerimientos más habituales hechos a los proveedores es disponer de algún tipo de etiquetado o certificado que este reconocido.

En este punto se puede distinguir entre dos tipos de certificaciones o herramientas de comunicación medioambiental diferentes exigidas y son las que valoran el proceso de gestión medioambiental de la empresa o las que valoran directamente el producto demandado conocidas como ecoetiquetas.

En cuanto a certificación del proceso de gestión medioambiental el más reconocido e implantado internacionalmente es el que certifica el seguimiento de las normas ISO 14000. Otro sistema no tan reconocido pero con mucho prestigio en toda Europa es el sistema comunitario de gestión y auditoria ambiental (EMAS). A continuación pueden verse los distintivos o etiquetas que identifican a las empresas que los aplican, y que pueden hacer uso de los mismos en todo medio que consideren, como puede ser Web corporativa, trípticos, catálogos de producto, embalajes del producto, etc.

 

En cuanto a las ecoetiquetas, puede identificarse los diferentes tipos y sus características.

 

Los criterios de compra verde de la Unión Europea son coincidentes con los exigidos a la Ecoetiqueta europea (Tipo I).

Pero aunque estas ecoetiquetas son las más conocidas y utilizadas, existen una gran variedad de ellas, de mayor o menor calado, que responden a necesidades o inquietudes muy diferentes, aunque siempre con el objetivo común de ofrecer procesos y productos más responsables. Algunas de ellas vienen descritas en la bibliografía que se aporta al final de este documento.

 

Vicente Lázaro Magdalena

Responsable Unidad de Vigilancia e Inteligencia Competitiva.
Área del Hábitat
 

Más información:

Criterios de compra verde de la UE Coincidentes con la ecoetiqueta comunitaria (Tipo I)

Informe de etiquetas ecológicas de 2013

Página web de etiqueta europea Ecolabel

CRITERIOS EU ECOLABEL EN EL SECTOR CERÁMICO: BALDOSAS CERÁMICAS

QUALICER 2012.- ¿QUÉ PAPEL JUEGAN LAS BALDOSAS CERÁMICAS EN LA COMPRA VERDE Y EDIFICACIÓN SOSTENIBLE?

QUALICER 2012.- EL PAPEL DE LAS BALDOSAS CERÁMICAS EN EL NUEVO SISTEMA DE DESARROLLO SOSTENIBLE

QUALICER 2010.- ANÁLISIS DE CICLO DE VIDA Y ETIQUETA ECOLÓGICA EUROPEA EN EL PROCESO DE FABRICACIÓN DE BALDOSAS CERÁMICAS